Derecho Administrativo

Acto Administrativo

Definición Estratégica

"La manifestación de voluntad, deseo, conocimiento o juicio realizada por la Administración en ejercicio de una potestad administrativa."

En GAVAR & Asociados, entendemos el acto administrativo no solo como una decisión burocrática, sino como una estructura jurídica compleja que debe cumplir con estándares rigurosos de legalidad y oportunidad para garantizar la seguridad jurídica de nuestros clientes frente al poder estatal.

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Arquitectura del Acto

Desglose técnico de los elementos esenciales para la validez jurídica.

01 Sujeto
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La administración pública que dicta el acto. Requiere competencia por materia, territorio, grado y tiempo. La ausencia de este elemento vicia el acto de nulidad absoluta.
02 Voluntad
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El proceso intelectual que precede a la emisión. Debe ser libre de error, dolo o violencia, reflejando la intención clara de la autoridad competente.
03 Objeto
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Es el contenido mismo del acto; aquello que se decide, certifica o valora. Debe ser lícito, posible, determinado y física y jurídicamente realizable.
04 Motivo
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Los antecedentes de hecho y de derecho que justifican la decisión. El "porqué" jurídico que conecta la norma con la realidad fáctica.
05 Finalidad
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El objetivo de interés público que persigue la norma. Cualquier desviación de esta finalidad constituye el vicio de "desviación de poder".
06 Forma
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El modo de exteriorización (escrito, verbal, digital) y el procedimiento legalmente establecido para su producción y notificación.

Elementos y requisitos del acto administrativo

Si cualquier acto administrativo no cumple con los elementos y requisitos de validez que exige la ley, pueden ser declarados NULOS, para esa declaración necesitas iniciar un juicio con la ayuda de un especialista.

Ser expedido por autoridad competente

La falta de este requisito causa su nulidad.

Tener objeto que pueda ser materia del mismo; determinado o determinable; preciso en cuanto a las circunstancias de tiempo y lugar, y previsto por la ley

La falta de este requisito causa su nulidad

Cumplir con la finalidad de interés público regulado por las normas en que se concreta, sin que puedan perseguirse otros fines distintos

La falta de este requisito causa su nulidad

Hacer constar por escrito y con la firma autógrafa de la autoridad que lo expida, salvo en aquellos casos en que la ley autorice otra forma de expedición

La falta de este requisito causa su nulidad

Estar fundado y motivado

La falta de este requisito causa su nulidad

Ser expedido sujetándose a las disposiciones relativas al procedimiento administrativo previstas en esta Ley

La falta de este requisito causa su nulidad

Mencionar el órgano del cual emana

La falta de este requisito causa su nulidad

Ser expedido sin que medie error respecto a la referencia específica de identificación del expediente, documentos o nombre completo de las personas

La falta de este requisito causa su Anulabilidad, lo que quiere decir que puede subsistir de corregirse el error.

Tratándose de actos administrativos deban notificarse deberá hacerse mención de la oficina en que se encuentra y puede ser consultado el expediente respectivo

La falta de este requisito causa su Anulabilidad, lo que quiere decir que puede subsistir de corregirse el error

Ser expedido decidiendo expresamente todos los puntos propuestos por las partes o establecidos por la ley

La falta de este requisito causa su Anulabilidad, lo que quiere decir que puede subsistir de corregirse el error

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